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martes, 16 de diciembre de 2008

... Un articulo no apto para normales anormales

DESMANICOMIALIZACION PODRIA CONVERTIRSE EN LEY MAÑANA EN DIPUTADOS
Apuesta en favor de la salud mental
Un proyecto integral de salud mental ya aprobado en las comisiones podría tratarse en la sesión de mañana. Prevé la paulatina desaparición de los manicomios, establece como "excepcional" la internación involuntaria y obliga a los hospitales generales a atender esos casos.

Por Pedro Lipcovich
"Queda prohibida la creación de nuevos manicomios o neuropsiquiátricos", dice el proyecto de Ley de Salud Mental que obtuvo dictamen favorable en todas las comisiones de la Cámara de Diputados de la Nación. En cuanto a los manicomios ya existentes, deben encaminarse "hacia su sustitución definitiva". El proyecto establece que toda internación psiquiátrica debe ser decidida por un equipo interdisciplinario de salud mental. Toda internación involuntaria deberá ser, además, supervisada periódicamente por un equipo de revisión con participación de organismos de derechos humanos. Centralmente, la ley "establece las bases mínimas para cumplir los compromisos internacionales de derechos humanos que ya contrajo la Argentina en el orden de la salud mental", explicó el autor del proyecto inicial. El proyecto podría ser tratado en la sesión de mañana –última del año– ya que, de otro modo, perdería estado parlamentario.
El proyecto –con dictamen favorable de las comisiones de Acción Social y Salud Pública, de Legislación General y de Justicia– incorpora a la legislación argentina los Principios de Naciones Unidas para la Protección de los Enfermos Mentales y la Declaración de Caracas de la OMS. Se aplica a "los servicios de salud públicos y privados". Incluye "el derecho a no ser identificado por un padecimiento mental actual o pasado", "el derecho a rechazar asistencia", el de "no ser objeto de investigaciones clínicas sin consentimiento", el derecho "a ser informado de todo lo inherente a su tratamiento" y "el derecho del asistido, su abogado o un allegado, a acceder a su historia clínica".
La ley establece "el Organo de Revisión, con el objeto de proteger los derechos humanos de los usuarios de los servicios de salud mental". En él estarán representados, además del Ministerio de Salud y la Secretaría de Derechos Humanos, "organismos de derechos humanos, asociaciones de usuarios y familiares, profesionales y trabajadores de la salud". Sus funciones incluyen "supervisar, de oficio o por denuncia de particulares, las condiciones de internación por salud mental", así como "evaluar que las internaciones involuntarias estén justificadas y no se prolonguen más del tiempo mínimo necesario".
La internación en salud mental "sólo puede llevarse a cabo cuando aporte mayores beneficios terapéuticos que el resto de las intervenciones realizables en el entorno familiar, comunitario o social" y "debe ser lo más breve posible". Además, "en ningún caso la internación puede ser indicada o prolongada para resolver problemáticas sociales o de vivienda, a fin de lo cual el Estado debe proveer los recursos adecuados".
Las internaciones voluntarias requieren un "diagnóstico interdisciplinario con la firma de al menos dos profesionales, uno de los cuales deberá ser psicólogo o psiquiatra" y el "consentimiento informado". La persona "podrá en cualquier momento decidir por sí misma el abandono de la internación". Si ésta dura más de 60 días corridos, "el equipo de salud debe comunicarlo al órgano de revisión y al juez". Este último "debe evaluar, en un plazo de cinco días, si la internación sigue siendo voluntaria o debe pasar a considerarse involuntaria".
La internación involuntaria es un "recurso terapéutico excepcional" que "sólo podrá realizarse cuando mediare situación de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros" y sólo "en ausencia de otra alternativa eficaz para su tratamiento". Requiere el "dictamen profesional del servicio asistencial que la realice" y "debe notificarse en un plazo de 10 horas al juez competente y al Organo de Revisión". El juez sólo puede ordenar por sí mismo una internación involuntaria cuando, bajo esas condiciones, "el servicio de salud responsable de la cobertura se negase a realizarla". Bajo la legislación actual, en cambio, el juez o el psiquiatra disponen de amplias facultades para disponer internaciones psiquiátricas por sí solos.
El proyecto aprobado por las comisiones también indica que el equipo de salud "está obligado a externar a la persona o transformar la internación en voluntaria, apenas cesa la situación de riesgo cierto e inminente"; si la internación superara los 90 días, el Organo de Revisión designará "un equipo interdisciplinario independiente a fin de obtener una nueva evaluación" y "en caso de diferencia de criterio, optará siempre por la que menos restrinja la libertad".
Según establece el proyecto, "queda prohibida la creación de nuevos manicomios, neuropsiquiátricos o instituciones de internación monovalentes, públicos o privados. Los ya existentes se deben adaptar a los principios expuestos, hasta su sustitución definitiva por los dispositivos alternativos". Es que "las internaciones de salud mental deben realizarse en hospitales generales. El rechazo de pacientes por tratarse de problemática de salud mental será considerado acto discriminatorio".
En cuanto a las declaraciones judiciales de "insania", se modifica el Código Civil para condicionarlas a "evaluaciones interdisciplinarias"; además "no podrán extenderse por más de tres años y deberán especificar las funciones y actos que se limitan". Y "las personas con uso problemático de drogas, legales e ilegales, tienen todos los derechos y garantías que se establecen en la presente ley en su relación con los servicios de salud".
El proyecto establece también que "los profesionales con título de grado están en igualdad de condiciones para ocupar los cargos de conducción de servicios e instituciones" y advierte que "la medicación se administrará exclusivamente con fines terapéuticos y nunca como castigo o para suplir la necesidad de acompañamiento terapéutico o cuidados".
El diputado Ariel Gorbacz (SI), autor del proyecto original, comentó que "la ley, que obtuvo amplio consenso en las comisiones, define un piso mínimo para cumplir los compromisos internacionales de la Argentina en derechos humanos". Para pasar al Senado, el proyecto debería ser tratado mañana, en la última sesión del año.
CASO DE DISCRIMINACION
Esperanza de trabajo
Por Pedro Lipcovich
En el caso de Esperanza Ponte –a quien, según su denuncia, la posibilidad de trabajar le es negada por haber tenido internaciones psiquiátricas– confluyen por lo menos tres temáticas actuales: la especial discriminación que afecta a las personas con discapacidades mentales; la respuesta de estas personas, que empiezan a agruparse para luchar por sus derechos, y la inquietud suscitada por las políticas de salud mental del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que –según una representante del CELS– "están lejos de avanzar en el orden de la inclusión".
Todo empezó, o continuó, cuando Esperanza decidió presentarse en la Copine (Comisión para la Participación e Integración de las Personas con Necesidades Especiales), del gobierno porteño, con su certificado de discapacidad: buscaba un empleo, en términos del cupo establecido por la Ley 1502 de la ciudad. "Me entrevistó una psicóloga que dijo: 'La verdad, no incorporamos gente con este tipo de discapacidad pero tu caso es distinto: otros que vinieron dan como domicilio el Moyano o el Borda...'. Yo no le contesté pero lo que decía era una torpeza: si un paciente que está internado va a la Copine, es porque un equipo lo asesoró y porque busca herramientas para ser externado. El problema de fondo es que no se cumplen los dispositivos de externación de la Ley 448" (de Salud Mental).
La psicóloga de Copine, por excepción, entrevistó a Esperanza y redactó un informe favorable que, de todos modos, no le permitió obtener un puesto de trabajo. Ella había ido a esa repartición el 15 de agosto, "desesperada porque, cuatro días antes, había perdido un trabajo, precario, que tenía". Aquel trabajo era el acompañamiento de una anciana que padecía la enfermedad de Alzheimer y que vivía en un geriátrico. "Era un lugar caro, de esos que alivian la conciencia del que pueda pagar, pero nadie la visitaba y no salía a la calle." La anciana había sido pianista; en el geriátrico de lujo no había piano pero Esperanza le hacía escuchar música: "Empezó a reconocer a los autores, y a recordar cosas de su vida", cuenta Esperanza. Pero "los hijos se enteraron de que yo había estado internada y, de la noche a la mañana, me echaron".
Esperanza integra la Asamblea Permanente de Personas Usuarias de Servicios de Salud Mental, que funciona en el CELS. Roxana Amendolaro –coordinadora de Salud Mental de esa entidad– precisó que "el CELS se limita a acompañar acciones decididas por las personas usuarias". El proyecto de ley de salud mental que, en la provincia de Buenos Aires, presentó la diputada Laura Berardo (Movimiento Libres del Sur) incorporó propuestas de la Asamblea; entre éstas, la de que los usuarios puedan tomar, para eventuales momentos de crisis, sus propias decisiones anticipadas, como qué prácticas estarían dispuestos a que se implementen y cuáles no.
En cuanto al caso de Esperanza, "es una muestra de la falta de políticas para que las personas con discapacidad mental puedan insertarse laboralmente. Esto, que sucede en general con las discapacidades, se agudiza para la discapacidad mental. Ocurre también a nivel nacional –observó Amendolaro–, pero en la ciudad de Buenos Aires se anota en una situación preocupante: hace poco intervinimos por la aplicación de terapia electroconvulsiva sin consentimiento informado ni garantías. Además, el gobierno de la ciudad sigue sin comunicar los contenidos de su plan de salud mental, que no avanza precisamente hacia la inclusión social plena".
"Esperanza Ponte" es en realidad un seudónimo, ya que la integrante de la Asamblea de Personas Usuarias, precisamente por la discriminación que denuncia, prefiere no hacer público su nombre.


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Anabella Museri
Programa Justicia Democrática[54 11] 4334 4200 amuseri@cels.org.ar__ CELS Centro de Estudios Legales y Socialeswww.cels.org.ar

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posted by Giannhy at 21:36

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